Con fecha 8 de junio de 2011, el ICO y el IDAE suscribieron un convenio con el fin de establecer una línea específica de financiación, como parte de la Línea “ICO-INVERSIÓN SOSTENIBLE 2011”, con una dotación económica de 600 millones de euros, para la financiación de proyectos de eficiencia energética y energías renovables que sean realizados por empresas de servicios energéticos (ESE). Para esta línea, el IDAE ha habilitado un fondo de 30 millones de euros, para la cobertura del riesgo asociado a la financiación. Con esta medida se pretende facilitar el acceso a la financiación de las ESE al disminuir el nivel de garantías que los bancos exigen habitualmente a este tipo de operaciones.
Condiciones Financieras de la Línea:
Las condiciones de la financiación son las de “línea ICO Inversión Sostenible 2011”:
Importe máximo de préstamo por cliente de 10 millones de euros Tipos entre Euribor más 1,15 y 1,50% .
Plazo de amortización entre 3 y 20 años, con o sin carencia.
La cobertura de riesgo del IDAE alcanzará al 50% del impago, con un tope del 10% de los importes impagos de cada entidad financiera y con un límite temporal de diciembre de 2021.
El IDAE, a su vez, deberá certificar la viabilidad técnico-económica del proyecto a financiar.
Tipo de Inversiones que se Pueden Acoger a la Línea:
Podrán acogerse a esta línea de financiación, las inversiones que realicen las empresas en operaciones que tengan la consideración de prestación de servicios energéticos que cumplan los siguientes requisitos:
Clientes
Las Empresas de Servicios Energéticos (ESE), entendiendo como tal, las definidas en la Directiva 2006-32-CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril de 2006 sobre la eficacia del uso final de la energía y los servicios energéticos, así como la contemplada en el Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación
Económica y el Empleo:
“Tendrán la consideración de “Empresas de Servicios Energéticos” las personas físicas o jurídicas que proporcionen servicios energéticos o de mejora de la eficiencia energética en las instalaciones o locales de un usuario y afronten cierto grado de riesgo económico al hacerlo. El pago de los servicios prestados se basará, en parte o totalmente, en la obtención de mejoras de la eficiencia energética y en el cumplimiento de los demás requisitos de rendimiento convenidos.
El servicio energético prestado por la empresa de servicios energéticos consistirá en un conjunto de prestaciones incluyendo la realización de inversiones inmateriales, de obras o de suministros necesarios para optimizar la calidad y la reducción de los costes energéticos.
Esta actuación podrá comprender además de la construcción, instalación o transformación de obras, equipos y sistemas, su mantenimiento, actualización o renovación, su explotación o su gestión derivados de la incorporación de tecnologías eficientes. El servicio energético así definido deberá prestarse basándose en un contrato que deberá llevar asociado un ahorro de energía verificable, medible o estimable”.
Además, deberán cumplir el resto de condiciones que para los CLIENTES vengan establecidas en la Línea “ICO - INVERSIÓN SOSTENIBLE 2011”.
Inversiones Elegibles
Procedimiento de solicitud
Las ESE que deseen acceder a esta línea de financiación, deben encontrarse registradas como empresa de servicios energéticos en la base de datos que IDAE mantiene en su Web, habiendo aportado para ello la declaración responsable requerida al efecto, en documento original debidamente firmado y remitido al IDAE, y tener sus datos actualizados.
La solicitud para la cobertura de riesgo IDAE previa a la financiación de un proyecto, deberá dirigirse al IDAE, calle Madera, nº 8, 28004- Madrid, por escrito e incluyendo la siguiente referencia: “solicitud de aprobación de cobertura de riesgo para la línea ICO-IDAE Inversión Sostenible 2011”. El escrito de solicitud deberá indicar claramente la identificación de la empresa solicitante, su representante y datos de contacto (dirección postal, Tfno., fax y email), debiendo así mismo adjuntar la documentación siguiente:
- Fotocopia de poder de representación del firmante de la solicitud
- Memoria Técnica y Presupuesto de ejecución del proyecto, para el que se solicita la financiación, que permita la valoración de las partidas que forman parte de la inversión elegible (activos fijos, nuevos o de segunda mano: instalaciones, equipos, y gastos necesarios para su diseño, montaje y puesta en marcha, IVA o IGIC ligados a la operación, destinados a mejorar la eficiencia energética o aprovechamiento de las energías renovables para la disminución del consumo energético convencional).
- Contrato (o en su caso precontrato), con el cliente para el que se prestarán los servicios energéticos. Dicho documento deberá contar con los datos que permitan identificar claramente el cliente (representante y datos de contacto), así como contener el detalle necesario para poder apreciar que la operación a financiar cumple los requisitos establecidos en la línea.
El IDAE, tras el análisis de la documentación aportada, emitirá y remitirá, por cada una de las solicitudes presentadas, la certificación en la que se identifique la ESE; el proyecto objeto de cobertura por parte del IDAE, así como el importe máximo a financiar en la Línea “ICO – INVERSIÓN SOSTENIBLE 2011” que es objeto de cobertura de riesgo al amparo del Convenio formalizado entre el ICO y el IDAE.
La ESE, una vez obtenida la certificación del IDAE, podrá iniciar los trámites de solicitud de financiación, dentro de la Línea “ICO – INVERSIÓN SOSTENIBLE 2011”, en cualquiera de las Entidades Financieras adheridas a dicha Línea.
Plazos
Las operaciones de financiación objeto de cobertura de riesgo por parte de IDAE deberán estar formalizadas con el banco correspondiente antes del 19 de diciembre de 2011.
Consultas
Para cualquier duda o aclaración, puede contactar con IDAE a través del correo electrónico ico.eses@idae.es o llamando al teléfono 91.271.19.15.
Fuente: IDAE
Muy interesante informacion !!
ResponderEliminarMuchas gracias
Gracias a ti!
ResponderEliminarUn saludo