viernes, 27 de mayo de 2011

Reciclaje de Gases Refrigerantes

 El reciclaje de gases refrigerantes consiste básicamente  en separar el aceite, la humedad y los incondensables que puede tener el refrigerante.

Todo instalador está obligado según la Ley 10/1998, de 21 de abril de Residuos a Recuperar para su reciclaje o destrucción los gases refrigerantes cuando sea posible. Para ello, es imprescindible que el instalador tenga un Documento de Aceptación con un Gestor de Residuos Autorizado para el tratamiento de estos gases refrigerantes, además de disponer de la maquinaria necesaria para la recuperación asi como de botellas de recuperación para facilitar su reciclaje.

Todos los refrigerantes cuando son recuperados de las instalaciones frigoríficas están mezclados con aceites y en muchas ocasiones arrastra humedad e incondensables. Tras realizar el reciclaje del gas refrigerante, el Gestor de Residuos debe hacer un análisis, generalmente en cromatografía gaseosa, para garantizar la calidad del gas resultante. Sin éste análisis sería muy difícil diferenciar un refrigerante puro de uno reciclado.


El instalador debe estar inscrito como productor de residuos en la Consejería de Medio Ambiente (o Delegaciones Territoriales) de las respectivas Comunidades Autónomas.  Se debe completar la Solicitud de Inscripción que proporciona cada Consejería de Medio Ambiente y presentarla junto a un Documento de Aceptación firmado con un Gestor de Residuos autorizado para el tratamiento de estos gases refrigerantes.

Humiclima se encuentra inscrita en la Consellería de Medio Ambiente de Baleares


  

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